SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CARTA DE COMPROMISO

    Nombre Completo

    ,

    Identificado con cédula de ciudadanía No

    ,

    Desempeñándome en el cargo de CONDUCTOR, me comprometo a cumplir estrictamente con las observaciones finales emitidas por la IPS , mediante las cuales me ordenaron control con nutrición y medicina general en EPS, por alto riesgo cardiovascular por obesidad mórbida, solicitando a mi médico tratante una evaluación y plan de manejo de alteración metabólica de los lípidos por medico con dieta y nutrición, en un plazo máximo de un (1) mes, contado desde la fecha de este documento y a informar por escrito y oportunamente a GESTIÓN HUMANA de cualquier situación que pueda dar lugar al incumplimiento de las mismas.

    Lo anterior, en cumplimiento al artículo 22 del Decreto 1295 de 1994, y del Decreto 1072 de 2015 respecto de las responsabilidades en materia de seguridad y salud en el trabajo, que señala:

    “Artículo 2.2.4.6.10. Responsabilidades de los trabajadores: Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las siguientes responsabilidades:

    1. Procurar el cuidado integral de su salud;
    2. Suministrar información Clara, veraz y completa sobre su estado de salud;
    3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa;
    4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo;
    5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST; y
    6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST”.

    Adicionalmente, frente a lo preceptuado por el código sustantivo del trabajo en el articulo 58 numeral 7, a saber:

    ARTICULO 58. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR. Son obligaciones especiales del trabajador:
    (…)
    7a. Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales.

    Reconociendo desde ya, que el incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que como trabajador me asisten, es causal de terminación de contrato de trabajo conforme los numerales 6 y 12 del artículo 62 Código Sustantivo del Trabajo, que reza:

    ARTICULO 62. TERMINACION DEL CONTRATO POR JUSTA CAUSA.
    Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:
    (…)
    6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
    (…)
    12. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del {empleador} o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.

    Atentamente,

    Firma



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